La confidencialidad de la historia clínica está regida por la Resolución 1995 de 1999 señala que la Historia Clínica es un documento privado, sometido a reserva, que sólo puede ser conocido por terceros, previa autorización del paciente o en casos previstos por la Ley.
EN NINGÚN CASO SE ENTREGA LA HISTORIA CLÍNICA ORIGINAL.